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Competencias y Funciones de la DirecciónLa Dirección Nacional de Resolución Alterna de Conflictos pertenece al Ministerio de Justicia y se encuentra ubicada en el Despacho de la Ministra de Justicia. Esta encargada de ejercer las funciones establecidas en la Ley sobre Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz Social, así como en el reglamento al Capítulo IV de la misma, en relación con el tema de los métodos alternos para la solución de conflictos o métodos RAC. a. Otorgamiento de autorizaciones a entidades que quieran dedicarse a la administración institucional habitual de mecanismos alternos para la solución de conflictos, para lo cual debe verificarse que la entidad solicitante cumpla con los requisitos establecidos en el artículo 6, del reglamento al Capítulo IV de la Ley RAC. En este sentido, la Dirección de RAC cuenta con un plazo de 30 días naturales para resolver la solicitud y puede visitar las instalaciones ofrecidas por la entidad para verificar la veracidad de la información suministrada. Una vez dada la autorización, otorgará un certificado a la entidad correspondiente. b. Autorizar la inclusión de nuevos neutrales en las listas que para el efecto llevan los diferentes centros, así como autorizar cualquier modificación que se efectúe a alguno de los requisitos señalados en el artículo 6 del reglamento c.Potestad de control y fiscalización sobre el funcionamiento de los centros autorizados, de modo que cumplan con la regulación establecida en la Ley RAC, así como en su Reglamento al Capítulo IV, Decreto Ejecutivo 32152-MJ, publicado en la Gaceta N. 249 del 21 de diciembre del 2004. Así, con motivo de esta potestad, si se verificara la desaparición de alguno (s) de los requisitos exigidos para la autorización de funcionamiento del centro, se podrá proceder a la revocación de la misma. c. Potestad sancionatoria. En ese sentido, previo cumplimiento del Debido Proceso, se encuentra facultado para imponer las sanciones previstas en los artículos 17 y 18 del citado reglamento. Esto podrá realizarse ante el inicio de un procedimiento sancionatorio de oficio, o con motivo de alguna queja o denuncia presentada por algún individuo. d. La Dirección pódra crear y desarrollar en coordinación con las autoridades competentes, los programas que estime convenientes, a fin de promover la solución de conflictos por métodos RAC. |
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