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Opinión

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Marco Legal

La Ley 7440 Ley General de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos de octubre de 1994 regula en su artículo I la actividad que el Estado debe ejercer para proteger a la Sociedad, particularmente a los menores y a la familia en cuanto al acceso a los espectáculos públicos, a los materiales audiovisuales e impresos, asimismo regula la difusión y comercialización de esos materiales.

La obligatoriedad del Estado por ejercer acciones de protección en defensa de las personas menores de edad, encuentra sustento a su vez en diversos instrumentos jurídicos internacionales ratificados por nuestro país, los cuales tienen como fin primordial comprometer y asegurar que los Estados firmantes garanticen la aplicación de medidas que salvaguarden los derechos fundamentales de la población menor de edad. En este sentido la Convención sobre los Derechos del Niño, Ley No 7184 de1 15 de julio de 1990, en su artículo 3 dispone lo siguiente:

"Artículo 3 (...) Inciso 2. Los Estados partes se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas."

Artículo 27 : Los Estados partes reconocen el derecho de todo niño a un nivel de vida adecuado para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral y social.

Artículo 34 : Los Estados partes se comprometen a proteger al niño contra todas las formas de explotación y abuso sexuales. Con este fin los Estados partes tomarán, en particular, todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral que sean necesarias para impedir:

-La incitación o la coacción para que un niño se dedique a cualquier actividad sexual ilegal.
-La explotación del niño en la prostitución u otras prácticas sexuales ilegales.
-La explotación del niño en espectáculos o materiales pornográficos".

De lo anterior se desprende que tanto la normativa internacional como la nacional (la Ley contra la Explotación Sexual de las personas Menores de Edad (Ley No. 7899), el Código de la Niñez y la Adolescencia Ley número 7739 y la Ley General de Espectáculos Públicos, Materiales Audiovisuales e Impresos), coinciden en definir su accionar a partir de la ejecución de medidas en protección de la niñez.

Ver Sanciones Administrativas

Ver Ley # 7440

Ver Reglamento General a la Ley # 7440
 
 
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